Resumen : |
El Decreto 1880 del Ministerio de Salud y de la Protección Social establece los requisitos para la comercialización de leche cruda en Colombia. El ICA hace un llamado a los productores de leche cruda para que inicien desde ya los procesos de certificación de sus predios, teniendo en cuenta que es un requisito que conlleva la protección de la salud de los consumidores y por ende de toda la población colombiana. El lácteo para consumo humano directo deberá provenir de predios libres de brucelosis y tuberculosis bovina. |